Legislación Higiene y Seguridad

Legislación Nacional sobre Higiene y Seguridad

Ley 19.587/72 - Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo

Regula conjuntamente con las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten, las condiciones de Higiene y Seguridad en el trabajo (con o sin fines de lucro) en todo el territorio de la Nación. Abarca a empleados, contratistas y subcontratistas. Fija principios básicos. Objetivos en materia de protección de la vida, preservación y mantenimiento de la integridad psicofísica de los trabajadores; prevención, reducción, eliminación de riesgos; actitudes preventivas y establece los contenidos mínimos para la normativa en la materia. Crea los servicios de Seguridad e Higiene y de Medicina del Trabajo de carácter preventivo y asistencial.

Es reglamentada por el Dec. 351/79 (Industria), Dec 617/97 (Agro) y el Decr. 911/96 (en lo que a la construcción específicamente se refiere) y se complementa con la ley 24.557 de Riesgos del Trabajo y su decreto reglamentario y resoluciones y disposiciones relacionadas. También con la Ley Nacional de Contrato de Trabajo 20.744. Las obligaciones establecidas por la presente se encuentran desarrolladas en su Decreto Reglamentario 351/79 y demás normas modificatorias y complementarias.

Ley 24.557 - Ley de Riesgos del Trabajo. (Modificada por Decreto 1.278/00 y Ley 26.773)

Ley de Riesgos del Trabajo Normativa aplicable y objetivos de la Ley sobre Riesgos del Trabajo (LRT). La prevención de los riesgos y la reparación de los daños derivados del trabajo se regirán por esta LRT y sus normas reglamentarias.

Objetivos y ámbito de aplicación. Prevención de los riesgos del trabajo. Contingencias y situaciones cubiertas. Prestaciones dinerarias y en especie. Determinación y revisión de las incapacidades. Régimen financiero. Gestión de las prestaciones. Derechos, deberes y prohibiciones. Fondos de Garantía y de Reserva. Entes de Regulación y Supervisión. Responsabilidad Civil del Empleador. Órgano Tripartito de Participación. Normas Generales y Complementarias. Disposiciones Finales.

Ley 20.744 (Texto Ordenado por Dec. 390/76)

Ley de Contrato de Trabajo. Fuentes de regulación. Ambito de aplicación. Definiciones. Derechos y deberes del empleador y el trabajador. Formación profesional. Modificaciones del contrato. Remuneración del Trabajador. Vacaciones y Licencias. Feriados obligatorios y días no laborables. Duración del Trabajo y Descanso Semanal. Extinción del Contrato de Trabajo. Indemnizaciones.

Ley 26.773

Régimen de Ordenamiento de la Reparación de los Daños derivados de los Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Decreto 351/79–Actividad de Industria

Decreto Reglamentario de la ley 19.587 para las actividades de Industria.

Decreto 911/96 – Actividad de Construcción

Decreto Reglamentario de la ley 19.587 para las actividades de Construcción.

Decreto 617/97 – Actividad de Construcción

Decreto Reglamentario de la ley 19.587 para las actividades de Agro.

Decreto 1338/96 – Servicios de Medicina y de Higiene y Seguridad en el Trabajo

El Dec. 1338/96 Deroga los títulos II y VIII del decreto Nº 351/79 y el mismo reglamenta la cantidad de carga horaria a cumplimentar tanto para los servicios de medicina como para los servicios de Higiene y Seguridad, el mismo dispone de una tabla la cual se calcula en base a la actividad de la empresa y la cantidad de trabajadores equivalentes, la cantidad de horas profesional correspondientes.

Decreto 170/96

Reglamenta la Ley 24557 de Riegos del Trabajo. Establece las pautas y contenidos con que deberán confeccionarse los planes de mejoramiento previstos en el artículo 4 de la Ley 24.557.

Establece 4 niveles a alcanzar en el cumplimiento de estos planes. El Plan de Mejoramiento se elaborará a partir de la evaluación del grado de cumplimiento de la normativa de higiene y seguridad en el trabajo del establecimiento o empresa, efectuada en forma conjunta por el empleador y la aseguradora. A partir dicha evaluación, las partes elaborarán el Plan de Mejoramiento y determinarán los elementos a desarrollar en forma prioritaria. El Plan de Mejoramiento debe incluir requisitos mínimos a desarrollar por los empleadores, conforme lo disponga la SRT para cada sector de cada actividad. La Superintendencia de Riesgos del Trabajo podrá, mediante resolución fundada, no permitir la celebración de Planes de Mejoramiento en algunas actividades de acuerdo a los riesgos existentes en ellas.

Decreto 659/96 (Modificado por el Decreto 49/14)

Tabla de evaluación de incapacidades. Ratifica lo expresado por el 658/96. recepciona conceptos de la OIT. Describe las enfermedades profesionales, los estudios, las causas y las repercusiones de las mismas.

Mediante el artículo 2º del Decreto 49/14, se sustituye el ANEXO I del presente Decreto, referente a la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales.

Decreto 49/14

Incorpora al Listado de Enfermedades Profesionales, previsto en el artículo 6°, inciso 2, apartado a), de la Ley Nº 24.557 y sus modificatorias, aprobado por el ANEXO I del Decreto Nº 658/96, las Hernias y Várices, y sus respectivos agentes de riesgo, cuadros clínicos, exposición y actividades en capacidad de determinar la enfermedad profesional.

Resolución 295/03 - Anexo I

Aprueba las Especificaciones Técnicas sobre Ergonomía y Levantamiento Manual de Cargas.

Resolución 84/12

Aprueba el Protocolo para la Medición de la Iluminación en el Ambiente Laboral, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución, y que será de uso obligatorio para todos aquellos que deban medir el nivel de iluminación conforme con las previsiones de la Ley Nº 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo y normas reglamentarias.

Establece que los valores de la medición de iluminación en el ambiente laboral, cuyos datos se plasmarán en el protocolo aprobado en el artículo anterior, tendrán una validez de DOCE (12) meses. A los efectos de realizar la medición a la que hace referencia el artículo 1º de la presente resolución podrá consultarse una Guía Práctica que se publicará en la página Web de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.): www.srt.gob.ar.

Resolución 85/12

Aprueba el Protocolo para la Medición del nivel de Ruido en el Ambiente Laboral, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución, y que será de uso obligatorio para todos aquellos que deban medir el nivel de ruido conforme con las previsiones de la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo Nº 19.587 y sus normas reglamentarias.

Establece que los valores de la medición del nivel de ruido en el ambiente laboral, cuyos datos se plasmarán en el protocolo aprobado en el artículo anterior, tendrán una validez de (12) meses.

A los efectos de realizar la medición a la que hace referencia el artículo 1º de la presente resolución podrá consultarse una Guía Práctica que se publicará en la página web de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.): www.srt.gob.ar.

Resolución 861/15

Aprueba el Protocolo para Medición de Contaminantes Químicos en el Aire de un Ambiente de Trabajo, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución, y que será de uso obligatorio para todos aquellos que deban medir el nivel de contaminantes químicos conforme las previsiones de la Ley N° 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo y normas reglamentarias.

Resolución 886/15

Aprueba el “Protocolo de Ergonomía” que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente, como herramienta básica para la prevención de trastornos músculo esquelético, hernias inguinales directas, mixtas y crurales, hernia discal lumbo-sacra con o sin compromiso radicular que afecte a un solo segmento columnario y várices primitivas bilaterales.

El Protocolo será de aplicación obligatoria para todos los empleadores, excepto aquellos cuyo protocolo de gestión de la ergonomía sea de similares características y siempre que incluya los distintos pasos de identificación de riesgos, evaluación de riesgos, definición de medidas para la corrección y prevención, y su implementación y seguimiento para cada puesto de trabajo.

Resolución 900/15

Aprueba el Protocolo para la Medición del valor de puesta a tierra y la verificación de la continuidad de las masas en el Ambiente Laboral, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución, y que será de uso obligatorio para todos aquellos que deban medir el valor de la puesta a tierra y verificar la continuidad de las masas conforme las previsiones de la Ley N° 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo y normas reglamentarias.

Establece que los valores de la medición de la puesta a tierra, la verificación de la continuidad del circuito de tierra de las masas en el ambiente laboral, cuyos datos estarán contenidos en el protocolo aprobado en el artículo 1° de la presente resolución, tendrán una validez de DOCE (12) meses.

Resolución 960/15

Condiciones de seguridad para la operación de autoelevadores.

Resolución 29/98

Deroga a la Resolución SRT 197/96. Además, dispone dejar sin efecto el artículo 3º de la Resolución SRT 37/97, que establece el reempadronamiento de todos los Graduados Universitarios y Técnicos en Higiene y Seguridad en el Trabajo, en los Registros de Graduados Universitarios (R.U.G.U.) y Técnicos en Higiene y Seguridad (R.U.T.H.)). No obstante ello, determina que para el ejercicio profesional en higiene y seguridad, los graduados universitarios, idóneos, como así también los técnicos en higiene y seguridad que se hallen inscriptos en dichos registros, mantendrán el número de registro obtenido y necesitarán, además, la matrícula profesional en caso que la ley así se los exigiese, obtenida según se indica en la presente Resolución.

Resolución 896/99

Requisitos esenciales que deberán cumplir los equipos, medios y elementos de protección personal comercializados en el país.

Sólo podrán comercializarse en el país los equipos, medios y elementos de protección personal mencionados en el ANEXO I cuando cumplan con los requisitos esenciales de seguridad que se detallan en el ANEXO II.

La Disposición 58/02 de la Dir. Nac. de Comercio Int. se reconoce al Instituto Argentino de Normalización (IRAM) como Organismo de Certificación para la aplicación de la presente.

Resolución 299/11

ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL. Adopta las reglamentaciones que procuren la provisión de elementos de protección personal confiables a los trabajadores. Crea el formulario "Constancia de Entrega de Ropa de Trabajo y Elementos de Protección Personal".

Determina que los elementos de protección personal suministrados por los empleadores a los trabajadores deben contar, en los casos que la posea, con la certificación emitida por aquellos Organismos que hayan sido reconocidos para la emisión de certificaciones de producto, por marca de conformidad o lote, según la resolución de la entonces SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA (S.I.C. y M.) 896 de fecha 6 de diciembre de 1999.

El Formulario creado por el artículo precedente será de utilización obligatoria por parte de los empleadores. Deberá completarse un formulario por cada trabajador, en el que se registrarán las respectivas entregas de ropa de trabajo y elementos de protección personal.

Resolución 3.068/14

Adopta el “Reglamento para la Ejecución de Trabajos con Tensión en Instalaciones Eléctricas con tensión menor o igual a UN KILOVOLTIO (1 kV)”, de acuerdo al documento Nº 95.705 —edición 01 de junio de 2013— elaborado por el Comité de Estudios Nº 53 de la ASOCIACION ELECTROTECNICA ARGENTINA (A.E.A.).

Resolución 463/09 (Modificada por Res. 529/09 y 1.313/11)

Aprueba la Solicitud de Afiliación y el Contrato Tipo de Afiliación (C.T.A.). Crea el Registro de Cumplimiento de Normas de Salud, Higiene y Seguridad en el Trabajo.

La Resolución 529/09 sustituye el Artículo 10º de la presente. Por Resolución 771/09 de la S.R.T. se prorroga por SEIS (6) meses la aplicación, en todos los casos, del incremento del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del monto de las alícuotas previstas para la renovación contractual, cuando el empleador no cumpla en tiempo y forma con su obligación de presentar el Relevamiento General de Riesgos Laborales y el Plan de regularización de los incumplimientos.

Resolución 37/10

Establece que los exámenes médicos en salud incluidos en el sistema de riesgos del trabajo son los siguientes:

  1. Preocupacionales o de ingreso;
  2. Periódicos;
  3. Previos a una transferencia de actividad;
  4. Posteriores a una ausencia prolongada, y
  5. Previos a la terminación de la relación laboral o de egreso.

Deroga a las Resoluciones S.R.T. 43/97, 28/98 y 54/98.

Los sujetos indicados como responsables de la realización de los exámenes médicos, descriptos en la presente resolución, deberán hacerse cargo, en cada caso, del costo de los mismos, sin perjuicio de que las A.R.T. y los empleadores, sobre la base de la normativa vigente, acuerden otra modalidad de pago.

Legislación Provincial sobre Higiene y Seguridad

Ley 7.987 - Código Procesal del Trabajo

Los Tribunales del Trabajo conocerán: 1) En los conflictos jurídicos individuales derivados de la relación o contrato de trabajo, cualquiera fuere el fundamento jurídico que se invoque. 2) En las acciones emergentes de la Ley Nacional de Accidentes y Enfermedades de Trabajo, aun cuando fueren iniciadas por los agentes de los tres Poderes del Estado provincial, sus empresas, municipalidades y comunas. 3) En las acciones por cobro de aportes y contribuciones a fondos sindicales establecidos por ley o convención colectiva. 4) En grado de apelación, de las multas administrativas aplicada por violación de disposiciones legales del trabajo. 5) En todas aquellas cuestiones que se susciten con motivo de disposiciones legales, reglamentarias o convencionales del derecho del trabajo. 6) En los demás casos que determinen leyes especiales y en los que se encuentren previstos por esta ley.

Ley 10.270

Crea el “Sistema Provincial de Prevención y Protección contra Descargas Eléctricas Atmosféricas” con el objeto de establecer pautas básicas para la implementación de procedimientos y la instalación de equipos tendientes a disminuir los riesgos que ese fenómeno meteorológico puede causar en las personas o sus bienes.

Ley 8.751

La presente Ley tiene por objeto establecer las acciones, normas y procedimientos para el Manejo del Fuego (prevención y lucha contra incendios) en áreas rurales y forestales en el ámbito del territorio de la Provincia de Córdoba.

Ley 9.878

Adhiere a la Provincia de Córdoba a las Leyes Nacionales 24.449 (Ley de Tránsito) y 26.363 (Creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial), en todo lo que no se opongan a la Ley Provincial de Tránsito 8.560 (Texto Ordenado 2004) y sus modificatorias, con las exclusiones previstas en la presente Ley.

Ley 9.164

Regula a los Productos químicos o biológicos de uso agropecuario. Plaguicidas para el control de plagas urbanas. Comercialización. Expendedores. Aplicadores. Usuarios. Receta Fitosanitaria. Fiscalización. Sanciones. Prohibiciones.

Decreto 318/07 (Modificado por Decreto 1.616/08 y Resolución 42/12)

Reglamenta la Ley 8.560 de Tránsito.

Decreto 536/97

Regula el uso de generadores de vapor o artefactos sometidos a presión que utilicen vapor de agua, ya sea instalados o en proceso de instalación, cualquiera sea su tipo o el fin a que esté destinado. Propietarios, Fabricantes y Reparadores de Generadores. Categorías. Calderistas. Inspecciones. Tasas. Sanciones.

Resolución 369/07

Crean el Registro de Empresas e Instituciones Libres de Humo de Tabaco de la Provincia de Córdoba. La empresa que solicite el ingreso al Registro deberá acreditar que se encuentra 100% libre de humo de tabaco. Se deberán cumplimentar formas para solicitar el ingreso y la certificación de tal condición por parte del Ministerio de Salud, autoridad de aplicación de la ley 9113.

Legislación Municipalidad de Córdoba sobre Higiene y Seguridad

Decreto 479/07

Reglamentación de la Ordenanza 10.950 de Conservación y adecuación a la seguridad, higiene y confort de los medios de circulación mecánica estacionaria. Crea el REGISTRO DE MEDIOS DE CIRCULACIÓN MECÁNICA ESTACIONARIA.

Ordenanza 9.543/96

Adhiere a la Ley Nacional N° 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, su Decreto Reglamentario Nº 351/79, modificatorias, complementarias y correlativas.

Ordenanza 12.052

HABILITACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS. Procedimiento de Habilitación. Clasificación de Actividades Económicas según su Riesgo. Características Físicas del Establecimiento. Condiciones de Seguridad. Certificado de Habilitación. Requisitos Particulares.

EL objeto de la presente Ordenanza es establecer los requisitos técnicos y administrativos que deben cumplir en forma previa al ejercicio y desarrollo de actividades económicas, lucrativas o no, las personas físicas y jurídicas titulares de establecimientos en los que se desarrollen dichas actividades; como asimismo establecer las funciones y facultades que tiene la Autoridad de Aplicación de la presente.

La habilitación será válida por el término de cinco (5) años mientras no existan modificaciones respecto a sus titulares, la actividad habilitada y las características físicas del establecimiento que fueron originariamente aprobadas por la Autoridad de Aplicación.

Ordenanza 11.378/07 (Modificada por la Ordenanza 11.843/10)

Establece que para el diseño, ejecución y mantenimiento de instalaciones eléctricas en todo tipo de inmuebles dentro del ejido municipal, será obligatorio el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la "Reglamentación para la ejecución de instalaciones eléctricas en inmuebles - AEA 90364 - 7 - 771 - Edición 2006" o en las que en el futuro se actualicen, elaborada por la Asociación Electrotécnica Argentina.

Ordenanza 10.950/05

Conservación y adecuación a la seguridad, higiene y confort de los medios de circulación mecánica estacionaria. Disposiciones Generales. Autoridad de Aplicación. Propietario de las Instalaciones. Conservador de las Instalaciones. Comisión Mixta de Circulación Mecánica. Sanciones. Disposiciones Técnicas Específicas (Anexo I).

Ordenanza 9.387/95 (Modificada por las Ords. 10.281/00, 11.131/06 y 12.288/14)

Código Municipal de Edificaciones. Conservación de las Instalaciones Contra Incendios (Punto 3.5.1.5.). Salidas de Emergencia (Punto 4.3.10.). Extinción de Incendios (Punto 5.4.3.). Locales para Calderas y Otros Dispositivos Térmicos (Punto 5.4.5.).

Ordenanza 9.739/97

Crea en el ámbito de la Municipalidad de Córdoba, EL REGISTRO MUNICIPAL DE FABRICANTES, REPARADORES Y RECARGADORES DE EQUIPOS CONTRA INCENDIOS (MATAFUEGOS).

Ordenanza 9.981 (Modificada por las Ordenanzas 10.707/04, 11.057/06 y 12.341/14)

Código Municipal de Tránsito.

La presente Ordenanza y sus normas reglamentarias rigen dentro de la jurisdicción de la Municipalidad de Córdoba, regulan el uso de la vía pública y son aplicables a la circulación de personas y de vehículos terrestres destinados para ello. Quedan también comprendidas las actividades vinculadas con el transporte, los vehículos, las personas, las concesiones viales, la estructura vial y el ambiente.

Ordenanza 11.057/06

Modifica el Art. 21º - Capítulo II - "Validez de las Habilitaciones para Conducir” - de la Ordenanza 9.981 y sus modificatorias.